Perú
Dina Boluarte presentará demanda ante el TC por allanamiento a su domicilio y a Palacio de Gobierno
El Ejecutivo interpondrá una demanda competencial contra el Poder Judicial y el Ministerio Público ante el Tribunal Constitucional, por un supuesto “menoscabo” a las funciones y competencias de la presidenta Dina Boluarte.
El encargado de realizar esta demanda será el premier Gustavo Adrianzén. La decisión del Ejecutivo respondería al allanamiento de la vivienda de Boluarte en Surquillo y a Palacio de Gobierno realizado el 30 de marzo, por las investigaciones del caso “Rolex”. Esta demanda indica que la presidenta no puede ser allanada sin que se le levante el antejuicio. Nuevas estrategias para blindarse.
En el olvido quedaron los repetitivos discursos de la presidenta Dina Boluarte donde aseguraba que respetaba las facultades de la Fiscalía de la Nación para investigar la presunta comisión de delitos. En sesión del Consejo de Ministros del 17 de mayo, se aprobó la presentación de la demanda competencial.
El núcleo del conflicto de competencias, según el informe de la Oficina de Asesoría Jurídica de la PCM, es el artículo 117 de la Constitución, que enumera los hechos por los que el presidente de la República puede ser acusado durante su mandato (traicionar a la patria, impedir elecciones, disolver inconstitucionalmente el Congreso e impedir el funcionamiento del sistema electoral).
De acuerdo con el informe, la Fiscalía de la Nación invoca una convención que no versa sobre derechos humanos (Convención de las Naciones Unidades contra la Corrupción) y normas de rango infraconstitucional para saltarse lo dispuesto por el artículo 117 de la Carta Magna e iniciar diligencias preliminares a un mandatario en funciones.
Con esta argumentación, el Ejecutivo sostiene que el Ministerio Público “carece de competencia para iniciar y proseguir actos de investigación preliminar, y todos aquellos que deriven de estos, respecto del presidente de la República” porque vulneraría la inmunidad presidencial.
Respecto al Poder Judicial, el Gobierno busca que el TC determine que específicamente el Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria “carece de competencia” para autorizar “toda diligencia y/o allanamiento” como allanamiento, registro domiciliario, registro personal “e inclusive registro vehicular”.
Solo a finales de marzo, el juez Juan Carlos Checkley autorizó el allanamiento al domicilio de Boluarte, operativo que dejó la recordada imagen de los efectivos de la Diviac usando un ariete para tumbar la puerta del inmueble luego de que se les negara el ingreso.
“En atención a ello, la investigación y demás actuados por parte del Ministerio Público y del Poder Judicial no solo atentan contra la figura presidencial, sino que afectan el eficiente y el eficaz ejercicio de las atribuciones y funciones del Presidente de la República, desarrolladas en el artículo 118 de la Constitución Política y en la Ley 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, inobservando, asimismo, el principio de separación de poderes, regulado en el artículo 43 de la Constitución Política”, se lee en el documento.
De acuerdo con el acta, la presentación de la demanda competencial fue aprobada por unanimidad, por lo que la presidenta Dina Boluarte procedió a designar al premier Gustavo Adrianzén para que interponga la demanda ante el Tribunal Constitucional.
Lo que busca Dina Boluarte
En concreto, la demanda competencial busca que el Ministerio Público vuelva a asumir la posición jurídica que se tenía sobre el referido artículo antes de Pedro Castillo.
La postura de los fiscales de la Nación era que los presidentes en funciones no podían ser investigados durante su mandato, por lo que las denuncias que se presentaban contra ellos eran archivadas de plano. Esta interpretación fue aplicada en su momento por Adelaida Bolívar, Gladys Echaíz, José Peláez Bardales y Pablo Sánchez ante denuncias contra Alejandro Toledo, Alan García y Ollanta Humala.
La exfiscal de la Nación Zoraida Ávalos fue quien tuvo una primera discrepancia con esta posición jurídica al abrir diligencias preliminares contra Martín Vizcarra, pero suspendiéndolas inmediatamente hasta que finalizara su mandato. Hizo lo mismo respecto a Pedro Castillo.
Sin embargo, cuando Pablo Sánchez volvió a asumir interinamente la Fiscalía de la Nación, desechó definitivamente la posición histórica respecto al artículo 117 de la Constitución e incluyó a Castillo en la investigación preliminar por el caso Puente Tarata III, dejando sentada la posición de que un presidente en funciones sí puede ser indagado preliminarmente durante su mandato.
La defensa del expresidente acudió vía tutela de derechos a la Corte Suprema para anular lo actuado. Sin embargo, el Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria rechazó el recurso y respaldó la interpretación del Ministerio Público. Esta decisión fue ratificada por la Sala Suprema Penal Permanente.
Los fiscales de la Nación que abrieron investigación a presidentes en funciones.
Los fiscales de la Nación que sucedieron a Pablo Sánchez, la hoy destituida Patricia Benavides y Juan Carlos Villena, continuaron con la posición de indagar preliminarmente a un presidente en funciones en caso exista probable comisión de delitos.
Perú
Caso Jaime Ayala: condenan a 18 años de prisión a Alberto Rivero Valdeavellano
La Justicia condenó a 18 años de prisión a Alberto Rivero Valdeavellano, un antiguo efectivo del Ejército peruano, por la desaparición, asesinato y tortura del periodista radiofónico Jaime Ayala Sulca en 1984 después de que hubiera denunciado la matanza de seis miembros de la iglesia evangélica presbiteriana en Callqui, Ayacucho.
El Instituto de Defensa Legal ha informado de que el juicio oral comenzó en marzo contra Rivero y un segundo acusado, Augusto Gabilondo García del Barco, también militar de la Marina y jefe de la base de Huanta que, según la resolución judicial, “deberá ser extraditado de España”.
Si bien la información sobre Rivero ha sido difundida públicamente por la Justicia peruana, los detalles sobre el fallo contra Gabilondo –contra el que ha emitido una orden de detención nacional e internacional por su vinculación con la desaparición de más de 60 personas– no han trascendido de momento, según informaciones del diario Perú 21.
La Comisión de la Verdad y Reconciliación determinó que Ayala fue víctima de violaciones como desaparición forzada, tortura, tratos crueles, inhumanos o degradantes y ejecución arbitraria por parte de integrantes de la Marina de Guerra en el cuartel ubicado en el Estadio Municipal de Huanta, hasta donde se había desplazado para presentar una denuncia.
La Cuarta Sala Penal Superior Nacional Liquidadora Transitoria, presidida por la jueza Miluska Cano, también halló culpable a Rivero –actualmente retirado– de ser autor del asesinato de más de 25 comuneros de Culluchaca y Huanta en 1984 en el marco de la lucha contra la guerrilla maoísta peruana de Sendero Luminoso. Así, tendrá que pagar indemnizaciones a las víctimas por un importe de 100.000 soles.
El caso se remonta a 1984, cuando el periodista de 22 años de Radio Huanta 2000, fundador de la Asociación Nacional de Periodistas (ANP) en Huanta y corresponsal de La República desapareció en una base militar peruana tras denunciar la masacre de Callqui a manos del Ejército. Sus restos nunca han sido encontrados.
“Jaime Ayala habría tenido un altercado con un Policía y este lo acusó de terrorista ante el comando político militar. Luego de unos días, hubo una intervención en la casa de su madre y el periodista se dirigió al cuartel de la Marina para denunciar el hecho. Después de eso no se le volvió a ver”, indicó el Instituto de Defensa Legal.
Perú
Entre los 31 proyectos mineros de cobre con inversión de US$ 39,795 millones se encuentra Reposición Antamina en Ancash
En el Perú existen 31 proyectos de cobre contemplados en la cartera de proyectos de inversión minera, los que representan una inversión global de 39,795 millones de dólares y están ubicados en 14 regiones del país, generando recursos que contribuyen a la economía local y regional. Así lo señaló el ministro de Energía y Minas, Rómulo Mucho. «Entre los proyectos de cobre podemos mencionar Reposición Antamina (Áncash), Yanacocha Sulfuros (Cajamarca), Ampliación Cuajone (Moquegua), e iniciativas similares en las regiones de Arequipa, Apurímac, Cusco, Ica, Huancavelica, Junín, Pasco, Lima, La Libertad, Lambayeque y Piura», dijo.
“Los estudios dicen que el cobre es el mineral que va a reinar en el futuro y necesitamos más proyectos de cobre. Afortunadamente, tenemos proyectos en fase de exploración para que el Perú siga siendo un actor clave como país proveedor en la transición energética que vive el mundo hacia fuentes más limpias”, resaltó el ministro durante su exposición.
Rómulo Mucho participó en un evento de la Cámara de Comercio Canadá – Perú, con la ponencia “Oportunidades estratégicas para la inversión minera responsable y sostenible”, sobre la posibilidad que ofrece nuestro país para el desarrollo de esta importante actividad económica.
Señaló que, entre los objetivos del Ministerio de Enería y Minas (Minem), está el de viabilizar la ejecución de proyectos mineros en el año 2024 con una inversión total de 5,000 millones de dólares, en beneficio de las regiones del país y el desarrollo de la población.
El ministro destacó que la Cartera de Proyectos de Inversión Minera está compuesta por 51 proyectos mineros, que representan una inversión de 54,556 millones de dólares, lo que beneficiará a la población de las diversas regiones del país; mientras que la Cartera de Exploración Minera está compuesta por 75 proyectos, los mismo que representan una inversión global de 644 millones de dólares.
Indicó que el país debe apoyar la implementación del proyecto Tía María, porque representa una oportunidad para que el Perú retome ese compromiso con la actividad minera, que representa el crecimiento económico, y su camino al desarrollo y el progreso.
Perú
Papa Francisco expulsa a obispo Eguren y otros 9 integrantes del Sodalicio
El sumo pontífice condenó los actos de abuso y sadismo infringidos. Además, pidió perdón a las víctimas.
Luego de analizar las denuncias y los testimonios correspondientes al ‘Caso Sodalicio’, el papa Francisco decidió expulsar al arzobispo emérito de Piura, monseñor José Antonio Eguren, y otros nueve integrantes de dicha congregación.
Según informó la Conferencia Episcopal Peruana mediante la difusión de un comunicado de la Nunciatura Pública, esta decisión se informó esta mañana, miércoles 25 de septiembre de 2024, tras la finalización de la ‘Misión Especial’.
Vale resaltar que el Santo Padre le encargó este estudio a S.E. Mons. Charles J Scicluna, Arzobispo de Malta y Secretario Adjunto del Dicasterio para la Doctrina de la Fe y a Mons. Jordi Bertomeu Farnós, oficial de dicho Dicasterio.
«Se ha considerado el escándalo producido por el número y gravedad de los abusos denunciados por las víctimas, contrarios a la vida equilibrada y liberadora de los consejos evangélicos en el contexto del apostolado eclesial», se lee.
Casos:
- Abuso físico, incluso con sadismo y violencia;
- Abuso de conciencia, con métodos sectarios para quebrar la voluntad de los subordinados
- Abuso espiritual, con instrumentalización en el fuero externo de la información obtenida en el fuero interno no sacramental o dirección espiritual
- Abuso del cargo y de autoridad, con episodios de hackeo de las comunicaciones y acoso en el lugar de trabajo así como encubrimiento de los delitos cometidos en el seno de esta institución
- Abuso en la administración de los bienes eclesiásticos
- Abuso en el ejercicio del apostolado del periodismo.
Miembros del Sodalicio expulsados por el Papa Francisco:
- Exsuperior general, Eduardo Antonio Regal Villa
- Arzobispo emérito de Piura, S.E. Mons. José Antonio Eguren Anselmi
- Exsuperior regional, reverendo Rafael Alberto Ismodes Cascón
- Exsuperior regional, reverendo Erwin Augusto Scheuch Pool
- Exformador, Humberto Carlos Del Castillo Drago
- Exformador, Oscar Adolfo Tokumura Tokomura
- Exformador, reverendo Daniel Alfonso Cardó Soria
- Exmiembro incorporado, Ricardo Adolfo Trenemann Young
- Exmiembro incorporado, Miguel Arturo Salazar Steiger
- Periodista, Alejandro Bermudez Rosell.
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