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Contraloría: Pronied no realizó acciones de supervisión al proyecto del COAR Áncash que se ejecuta con S/ 97 millones

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La Contraloría ha emitido un informe referido al avance de ejecución del proyecto de inversión «Creación del servicio educativo especializado para alumnos de segundo grado de Secundaria de Educación Básica Regular con alto desempeño académico de la región Ancash; que ejecuta el Ministerio de Educación por S/ 97,604,875.71 a través del Programa Nacional de Infraestructura Educativa – PRONIED.

Situaciones adversas identificadas:

1. En las edificaciones del proyecto, se advierte lo siguiente:
(i) que los espacios reservados para personas en silla de ruedas en el bloque polideportivo no cuentan con adecuada visibilidad para los espectadores* debido a que están ubicados en extremos laterales junto a muros que obstaculizan la visión y (ii) que en el bloque educación no hay mobiliario adecuado (mesas) para alumnos en silla de ruedas. Ambas situaciones contravienen la norma técnica a.100 «recreación y deportes» del rne y la norma técnica «criterios para el diseño de mobiliario educativo de la educación básica regular».

2. La canaleta de drenaje pluvial de la estructura de pérgola no cuenta con montantes fijados a la referida estructura, en contravención de lo establecido en la norma técnica ce.040 drenaje pluvial del Reglamento Nacional de Edificaciones.

3. Respecto a la accesibilidad en las edificaciones del proyecto se advierte lo siguiente:
(i) las puertas de los servicios higiénicos para personas en silla de ruedas en la zona adyacente al comedor y área administrativa del primer nivel del proyecto incumplen la medida de ancho mínimo
(ii) las rampas de acceso de diversos ambientes del proyecto para personas en silla de ruedas, carecen de barandas y pasamanos, y
(iii) los tomacorrientes en servicios higiénicos para discapacitados del sector residencia han sido instalados en ubicación cercana a muebles que obstaculizan su acceso.

Estas situaciones contravienen lo establecido en la norma técnica a.120 Accesibilidad Universal en Edificaciones del Reglamento Nacional de Edificaciones, afectando la accesibilidad a los servicios básicos y habitabilidad de las edificaciones para personas en silla de ruedas. Ante ello, no se evidencia que el Pronied y la entidad supervisora hayan efectuado acciones en el marco de sus competencias a fin de evitar ni corregir dichas deficiencias.

En torno a las tres situaciones mencionadas, no se evidencia que el PRONIED, en el marco de sus funciones, haya realizado el seguimiento a las labores de la supervisión del proyecto.

Aspecto relevante:
Durante la visita de inspección realizada del 25 al 27 de marzo de 2024, la comisión constató en el bloque polideportivo que, en las losas multiusos se observa , la presencia de los elementos de metal (pernos y cartelas) y los pedestales de concreto, sin coberturas de protección. Ante esta situación la comisión advierte que, durante el uso de las losas multiusos por parte de los usuarios, estos elementos podrían ocasionar lesiones, caídas, tropiezos y resbalones que afecten la integridad física de los usuarios.

El informe No. 10395-2024-CG/APP-SCC, correspondiente al Hito de control n ° 2- Avance de ejecución a nivel de acabados (carpintería de madera, aluminio y mobiliario), sistemas eléctricos, mecánicos y de aire acondicionado del proyecto de inversión del COAR. Fue elaborado por la Subgerencia de Control de Asociaciones Público Privadas y Obras por Impuestos, y comunicado al director del Programa Nacional de Infraestructura Educativa – Pronied para que se tomen las medidas que correspondan.

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Procuraduría denuncia penalmente al alcalde de Carhuaz ante la Fiscalía Anticorrupción

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Procuraduría denuncia penalmente al alcalde de Carhuaz ante la Fiscalía Anticorrupció por designación indebida en el cargo de su gerente municipal. La denuncia también comprende al citado funcionario, Rossevelt Pajuelo Mejía.

Se pudo conocer que l hasta ahora gerente municipal solo tiene grado de Bachiller en Educación y nada de experiencia en el sector público.

El delito cometido por el alcalde CARLOS CÁNTARO GARCÍA podría costarle el cargo ya que estos procesos son rápidos al contarse con todos los elementos de convicción para la Acusación respectiva y su posterior sentencia.

DENUNCIADOS ALCALDE Y GERENTE MUNICIPAL

Se verificó que la denuncia está sustentada en el Informe Nº 019-2024-2-0334.SCE emitido por la Contraloría General de la República.

El claro delito cometido es por la comisión del delito contra la Administración Pública, delitos cometidos por funcionarios en la modalidad de nombramiento ilegal de cargo, previsto en el artículo 381 del Código Penal, contra:

CARLOS EUGENIO CÁNTARO GARCÍA, DNI 42294662

Cargo: Alcalde, En calidad de autor, en Ia Municipalidad Provincial de Carhuaz.

ROOSSEVELT ADOLFO PAJUELO MEJÍA Nº 32043797

Cargo: Gerente Municipal, Periodo 2 ENE 2023 (en ejercicio del cargo a Ia emisión del informe).

En agravio de la Municipalidad Provincial de Carhuaz

La presente denuncia deriva de los hallazgos en el INFORME DE CONTROL ESPECÍFICO Nº: 019-2024-2-0334.SCE de la Contraloría General de la República.

HECHO FÁCTICO GENERAL.

3.I.1 Durante el periodo comprendido del 2 de enero de 2023 al 29 de febrero de 2024 el Alcalde de la Municipalidad Provincial de Carhuaz designó en el cargo de confianza de Gerente Municipal a sujeto que no cumplía con el perfil y los requisitos mínimos establecidos en la Ley y documentos de gestión de la entidad, quien aceptó el citado cargo sin reunir los requisitos mínimos establecidos en la normativa, vulnerando el interés general e impidiendo la existencia de una relación válida de acuerdo al principio de legalidad, afectando el debido funcionamiento de Ia Administración Pública, por los hechos producidos.

HECHO FÁCTICO ESPECÍFICO

3.2.1.1 La Ley N.’ 31419 establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el y ejercicio de Ia función pública de directivos de libre designación y remoción con el objetivo de establecer los requisitos mínimos y los impedimentos para el acceso a los cargos de funcionarios y directivos públicos de libre designación y con el fin de garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de su función, siendo su ámbito de aplicación de la Ley las entidades de la Administración Pública comprendidas en la Ley N’ 30057, Ley del Servicio Civil.

Estos principios y obligaciones normativas no se cumplieron en esta cuestionada designación.

 

 

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SUNASS realizó 18 acciones de fiscalización a EPS Chavín durante el 2024

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Durante el 2024, la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (Sunass) realizó 18 acciones de fiscalización a la EPS Chavín S. A. sobre aspectos comerciales, operacionales, uso de fondos y la implementación de medidas correctivas, a fin de promover mejoras en los servicios de agua potable y saneamiento en la región.

Además, brindó asistencia técnica a dicha empresa para desarrollar planes de contingencia ante posibles emergencias naturales que pudieran afectar el suministro de agua potable e implementar los mecanismos de retribución por servicios ecosistémicos (Merese) hídricos, que permitan la recuperación y conservación de las cuencas para la sostenibilidad del agua potable.

Asimismo, la Sunass orientó a más de 1200 personas entre enero y julio de 2024 en temas como el procedimiento de reclamo ante la EPS, entre otros.

Durante el Foro de Rendición de Cuentas sobre la gestión del regulador en la sierra de Áncash, también se presentaron los resultados entre el 2021 y julio del 2024. En este periodo, se impusieron a la EPS Chavín 100 medidas correctivas, de las cuales, 59 corresponden a aspectos comerciales. En 16 de estas se ordenó la devolución a los usuarios de importes facturados en exceso, incluidos los intereses, por un monto total de S/232,828.70.

Ámbito rural

Por otro lado, la Sunass realizó 145 acciones de fiscalización y verificación a prestadores en áreas rurales y de pequeñas ciudades. De estas, 132 corresponden a evaluaciones en zonas rurales y 13 a pequeñas ciudades. Los resultados de estas acciones fueron plasmados en informes que incluyen recomendaciones específicas para los prestadores.

Según el sistema ATM Web del regulador, el acceso al servicio de agua en los centros poblados de la sierra de Áncash se sitúa en el 59.5 %.

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Cofopri iniciará proceso de formalización en las provincias del Santa y Carhuaz

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El Organismo de Formalización de la Propiedad Informal (Cofopri) iniciará el proceso de titulación a favor de unas 3500 familias de un total de 36 pueblos de las provincias del Santa y Carhuaz, en la región Áncash.

Esta acción será parte de un proceso para formalizar la propiedad de más de 444 posesiones informales ubicadas en 11 regiones del país, entre estas Áncash. Estos pueblos en total están conformados por más de 38 mil lotes urbanos.

Cofopri informó que, tras el diagnóstico realizado, han concluido que es procedente el inicio de labores de formalización en estos pueblos.

“Gracias a este diagnóstico de la informalidad predial hemos identificado asentamientos y centros poblados que cumplen con los requisitos para planificar futuras intervenciones. Esta acción nos permitirá programar con mayor eficiencia”, señaló Víctor Crisólogo Galván, gerente general del Cofopri.

Refirió que el estudio permite contar con información actualizada sobre la cantidad y ubicación de las posesiones que constituyen la brecha de la informalidad predial existente en el país. 

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